El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, declaró hoy una emergencia nacional comercial y firmó una Orden Ejecutiva que impone un arancel adicional de 10% a todos los productos importados por EE.UU. a partir del 5 de abril de 2025, incluidos aquellos provenientes de Colombia. Esta medida, anunciada durante lo que el mandatario denominó como el "Día de la Liberación", responde a lo que la administración estadounidense considera "grandes y persistentes déficits comerciales anuales de bienes" que alcanzaron $1.2 billones en 2024.
Detalles de la Orden Ejecutiva
La Orden Ejecutiva establece una "política de aranceles recíprocos" destinada a reequilibrar los flujos comerciales globales. Sus principales disposiciones incluyen:
- Imposición de un arancel ad valorem adicional de 10% a todas las importaciones a partir del 5 de abril.
- Aranceles específicos más elevados para países listados en el Anexo I de la orden (entre 10% y 40%), que entrarán en vigor el 9 de abril.
- Exenciones para ciertos productos, incluidos algunos de acero, aluminio, productos farmacéuticos, semiconductores y madera.
- Una disposición que establece que los aranceles ad valorem se aplicarán solo al contenido no estadounidense de un artículo, siempre que al menos 20% del valor sea de origen estadounidense.
- Colombia no figura en el Anexo I de países sujetos a aranceles más elevados, por lo que enfrentará únicamente el arancel base de 10%, una situación más favorable que la de otras economías como China (que enfrentará 34%) o la Unión Europea (con 20%).
Impacto económico para Colombia
Según las estimaciones iniciales, el impacto de estas medidas en la economía colombiana sería moderado, considerando la situación de otros países y nuestras ventas externas a Estados Unidos. El incremento del arancel podría reducir la demanda, aunque existe la posibilidad de que los consumidores estadounidenses absorban parte del aumento en los costos. No obstante, podrían surgir efectos positivos indirectos para algunos productos colombianos, debido a los mayores aranceles impuestos por Estados Unidos a otros países competidores.
Suspensión de beneficios del TLC
Esta medida representa de facto una suspensión de los beneficios arancelarios del Tratado de Libre Comercio bilateral vigente desde 2012, que establecía arancel de 0% para numerosas subpartidas de productos colombianos.
Es importante señalar que esta decisión se toma pese a que Colombia no figura entre los países con mayores inconvenientes identificados en el recién publicado Informe Nacional de Estimaciones sobre Barreras al Comercio Exterior 2025.
Implicaciones sectoriales y recomendaciones
Los sectores más afectados serían aquellos distintos a la minería y el petróleo, que dependen fuertemente del mercado estadounidense como textiles, manufacturas, flores y algunos productos agrícolas procesados.
Los exportadores colombianos deben evaluar el impacto financiero de estas medidas en sus operaciones y revisar sus acuerdos comerciales. Es crucial determinar quién asumirá estos costos adicionales, que tradicionalmente recaen sobre los importadores estadounidenses, y considerar estrategias alternativas como la diversificación hacia otros mercados y revisión de cláusulas contractuales e INCOTERMS.
También resultará esencial analizar la disposición sobre contenido estadounidense, ya que productos con al menos 20% de componentes de ese origen podrían beneficiarse de una reducción en el impacto arancelario.
El Gobierno colombiano ha indicado que está analizando las medidas que tomará en relación con este asunto.
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